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Desde la Asociación Lánzate LGTBI+ de Canarias te detallamos aquí los delitos que pueden ser considerados de odio, pero siempre, teniendo en cuenta que no necesitas saberte todo esto y que para eso, dentro de lo que te ofrecemos, te asesoramos jurídicamente por tu caso, y te acompañamos a denunciar.

Hay dos tipos de delitos que pueden ser calificados como delitos de odio:

  1. Los delitos genéricos que se pueden cometer contra una persona y que en el caso de que se produzca la agravante de discriminación del artículo 22.4 del Código Penal, quedan convertidos en delitos de odio.
  2. Los delitos específicos que ya en sí, sin aplicar ninguna agravante, reflejan odio contra una persona por pertenecer a un colectivo, o contra un colectivo en sí.

Te presentamos a continuación un listado de los delitos que entran en cada categoría.

Delitos genéricos

Son los delitos generales, a los que debemos aplicar la agravante de discriminación u odio, su finalidad es la protección del modelo de convivencia que tenemos.

  • Delitos contra la vida.
  • Delitos contra la integridad física.
    • Delito de lesiones graves (ART. 147.1 CP).
    • Delito de lesiones leves (ART. 147.2 CP).
    • Delito de obra (sin lesiones) (ART. 147.3 CP).
  • Delitos contra la libertad.
    • Delito de amenazas (ART. 169, ART. 171.1 y ART. 171.7 CP).
    • Delito de coacciones (ART. 172.1 y ART. 172.3 CP).
    • Delito de acoso (ART. 172ter CP).
    • Delito contra la libertad y la indemnidad sexual (ART 178 y ss CP).
    • Delito contra el honor (calumnias) (ART. 205 CP).
    • Delito contra el honor (injurias) (ART. 208 CP).
  • Delito contra la propiedad privada.

Delitos específicos

Existen otra serie de artículos que persiguen y sancionan la discriminación, odio y violencia por motivos de intolerancia de manera expresa y específica.

  • Delitos contra la integridad moral.
    • Delito de amenazas a colectivos (ART. 107 CP).
    • Delito contra la integridad moral (ART. 173 CP a 176 CP).
    • Delito de provocación al odio, la violencia y la discriminación (ART. 510 CP).
    • Delito de asociación ilícita (ART. 515 CP).
    • Delito de descubrimiento y revelación secretos (ART. 197 CP).
    • Delito de difusión de ideas que justifican el genocidio (ART. 607.2 CP).
  • Delitos en el ámbito profesional laboral.
    • Delito de discriminación laboral (ART. 314 CP).
    • Delito contra la integridad moral en el trabajo (ART. 173.1-2 CP).
    • Delito de denegación prestaciones en un servicio público (ART. 511 CP).
    • Delito de denegación prestaciones en el marco de una actividad empresarial o profesional (ART. 512 CP).
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